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📚 Convocatoria para integrar el Comité de Biblioteca del IIJ-UNAM

Re: 📚 Convocatoria para integrar el Comité de Biblioteca del IIJ-UNAM

by Ana Alba Betancourt -
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Buenas tardes, como complemento a la convocatoria, me permito comentarles las funciones puntuales de La Comisión de Biblioteca del IIJ. De acuerdo al articulo al Reglamento del Interno del Instituto tiene las siguientes funciones:

I. Auxiliar a la persona titular de la Dirección del Instituto, a la Secretaría Académica y la persona titular del Departamento de Biblioteca y a la persona titular de la Secretaría Técnica de Publicaciones en los asuntos referentes a la misma;
II. Opinar sobre las políticas de desarrollo y crecimiento de la Biblioteca;
III. Asegurar que las publicaciones que edita el Instituto formen parte del acervo;
IV. Seleccionar el material documental en cualquier soporte, a partir de las bibliografías básicas que le haga llegar el personal académico y demás usuarios;
V. Prever sobre las necesidades presupuestarias de la Biblioteca para adquisición de material documental, compra de mobiliario y equipo especializado;
VI. Coadyuvar en la vigilancia de los recursos destinados a la Biblioteca, a fin de que éstos sean utilizados para los fines a los cuales fueron asignados;
VII. Opinar sobre los planes, proyectos, programas, estrategias, procedimientos, propuestas y acciones que se presenten para el mejor funcionamiento de la Biblioteca, para la mejora continua de la calidad de los procesos y servicios;
VIII. Opinar sobre los proyectos y directrices para el desarrollo de la Biblioteca Jurídica Virtual;
IX. Presentar al Consejo Interno el Reglamento Interno de la Biblioteca y de la propia Comisión, así como las modificaciones al mismo;
X. Determinar las medidas generales para garantizar los servicios mencionados en el Reglamento General del Sistema Bibliotecario y de Información de la UNAM;
XI. Conocer el plan de capacitación, formación y desarrollo profesional del personal de la Biblioteca;
XII. Vigilar el cumplimiento de las observaciones que la Dirección General de Bibliotecas y Servicios Digitales de Información realice a la Biblioteca,
y XIII. Las demás que se desprendan de su naturaleza y las que le confiera la Legislación Universitaria. Cada dos años se revisará la integración de la comisión para modificarla cuando así convenga a juicio del Consejo Interno.